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Procuran modificar sistema de reemplazo de parlamentarios

13 Febrero 2011
El proyecto, ingresado por diputados de la Oposición, busca priorizar la voluntad popular ante la designación directa de los partidos políticos, frente a la vacancia de un parlamentario. Por Equipo Diario Ciudadano de Magallanes
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En la perspectiva de dar un mayor valor a la voluntad popular del pueblo ante la designación directa que puedan efectuar los partidos políticos, un grupo de diputados de la Oposición ingresó a trámite legislativo el pasado 20 de enero un proyecto de reforma constitucional (boletín 7464) que modifica el sistema de reemplazo de los diputados y senadores.
La iniciativa, destinada por la Sala a la Comisión de Constitución para su estudio, corresponde a una moción de los diputados René Alinco(IND); Enrique Accorsi (PPD); Pedro Araya (PRI); Tucapel Jiménez (PPD); Luis Lemus (PS); Miodrag Marinovic (IND) y de la diputadaMarta Isasi (IND).
El proyecto fue presentado en el contexto del reciente cambio de gabinete del Presidente Sebastián Piñera, en donde fueron nominados titulares de las carteras de Trabajo y Defensa los senadores Evelyn Matthei y Andrés Allamand, respectivamente, quedando la designación de sus reemplazantes en el Senado en manos de sus partidos.
Según destacaron los legisladores en la moción, la Constitución establece que la soberanía reside esencialmente en la Nación y que su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de las elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece.
En dicho contexto, precisaron, el ejercicio del derecho a sufragio constituye uno de los actos más importantes para un ciudadano que se vio afectado por la reforma constitucional del año 2005, que estableció que “las vacantes de diputados y las de senadores se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido”.
“En otras palabras, se reemplaza al parlamentario que dejo la vacante por quien designe el partido al cual pertenecía al momento de ser electo, sin importar si con posterioridad el parlamentario se desafilió de dicho partido y, peor aún, en el caso de los parlamentarios independientes sencillamente su escaño queda vacío, al no ser reemplazado”, recalcaron.
En ese sentido, estimaron relevante reinstaurar el sistema de elecciones complementarias, para salvaguardar el principio fundamental de soberanía establecido en la Carta Fundamental.
Específicamente, la propuesta suprime los incisos tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del artículo 51 de la Constitución Política y agrega en su reemplazo que “las vacantes de los diputados y los de senadores producidas antes del último año del período por el cual han sido elegidos, en conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 47 y el inciso segundo del artículo 49 de la Constitución Política serán reemplazados mediante la realización de una elección complementaria a llevarse a cabo en el distrito o circunscripción a la que pertenecía el diputado o senador afectado, conforme a un procedimiento establecido en la ley”.
Además, se precisa que “si las vacantes de los diputados y los senadores se produjeren dentro del último año de periodo por el cual han resultado electos, no serán reemplazados hasta que se efectúe la elección periódica correspondiente”.

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