Condenan a sujeto por amenazas a Carabineros y porte de arma de fuego

Condenan a sujeto por amenazas a Carabineros y porte de arma de fuego

05 Septiembre 2015

Tras Juicio Oral efectuado este jueves en la capital de Última Esperanza, el persecutor penal demostró los hechos imputados a Lucio Segundo Santana Venegas, quien arriesga penas de 540 días  y 5 años de presidio respectivamente.

Gabriela Muñoz Soto >
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Por unanimidad este jueves el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal condenó al acusado Lucio Segundo Santana Venegas como autor de los delitos de amenaza a Carabineros y porte de arma de fuego, consumados el pasado 09 de enero de 2014 en la comuna de Puerto Natales.

Santana arriesga ahora una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo y  accesorias legales, por el delito de amenazas; y en su calidad de autor del delito consumado de porte de arma de fuego, a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, según señaló el representante del Ministerio Público, Daniel Soto.

El acusado protagonizó el incidente la tarde del 09 de enero del año pasado cuando  llegó conduciendo un vehículo al pasaje Los Húsares de la comuna de Puerto Natales, lugar en que estacionó para bajar a discutir con un tercero. La situación fue advertida por la Carabinero P. L. G., que se encontraba en dicho lugar cuidando a su hijo, y al percatarse Santana de que la funcionaria de Carabineros lo había visto se acercó a ella advirtiéndole: “qué andai sapiando paca culiá, donde te pille te voy a cagar”. Luego de estos hechos, Santana fue detenido y se le sorprendió transportando sin autorización en el interior de su vehículo un rifle semiautomático Mauser calibre 22LR.

La audiencia de lectura del fallo se realizará en Punta Arenas el próximo martes a las 13 horas.

Otra condena: por Robo en bienes nacionales de uso público

En tanto, durante la jornada del miércoles, también en la ciudad de Natales, el fiscal Daniel Soto llevó a juicio oral a los imputados Francisco Omar Morel Peña y Maximiliano Exequiel Leal Loncomilla, por el delito de Robo de especies en bienes nacionales de uso público, en específico un kiosko ubicado en calle Baquedano con Manuel Bulnes destinado a productos de mar. El Tribunal Oral arribó a veredicto condenatorio por unanimidad para Morel Peña, mientras Leal Loncomilla fue absuelto por mayoría. El imputado condenado arriesga una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo.