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IPS Magallanes deberá pagar millonaria indemnización por maltrato, hostigamiento y acoso laboral
IPS Magallanes deberá pagar millonaria indemnización por maltrato, hostigamiento y acoso laboral
Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió demanda del ex coordinador regional de administración y finanzas.
Equipo El Magal... >
authenticated user EditorEste viernes 22 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó la sentencia recurrida y ordenó a la Dirección Regional del Instituto de Previsión Social (IPS) de Magallanes indemnizar al ex coordinador de administración y finanzas, Reinaldo Javier Álvarez Cárcamo.
Según el tribunal, las garantías constitucionales de derecho a la vida e integridad física y psíquica del afectado fueron vulneradas mientras se desempeñó en dicho servicio público, entre 2015 y 2016.
La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Marta Jimena Pinto, Marcos Kusanovic y el fiscal Fabio Jordán, en fallo unánime, dio por establecido los hechos denunciados por Álvarez Cárcamo, quien fue objeto de maltrato, hostigamiento y acoso laboral por parte de la directora regional del ISP, Verónica Leiva.
Sentencia
El fallo señala que tras ser contratado en el IPS, Álvarez Cárcamo, “posteriormente fue subrogante en el cargo de la autoridad que lo contrató”, decisión que provino desde el nivel central.
“Además, era un profesional titulado, en un ámbito en el cual mayoritariamente el porcentaje de ellos era bajo, lo que constituye indicios de la suficiencia de sus competencias a juicio de dichos personeros, sin que conste protesta en contrario de alguna persona, menos de alguien con poder para hacerlo”, continúa.
La resolución detalla que más tarde fue la propia directora del IPS quien “decidió modificar sus funciones”, hecho que “contrasta drásticamente con el rango de inferioridad que en la jerarquía interna tenía el de atención de público donde terminó (el demandante)”.
Asimismo, el fallo puntualiza que el cambio del puesto de trabajo al interior de la institución, “a contar del 2 de noviembre de 2015, se produjo durante el período en que el funcionario hacía uso de licencias médicas, decisión que forzosamente había de significarle un serio impacto, puesto que atañe directamente la esencia de su función y al adoptarse en esas circunstancias le impidió ejercer hasta las más mínimas gestiones en resguardo de sus derechos y de su posición en el servicio como imponerse de su necesidad y fundamento, recibir explicaciones y preparación para el cambio, por ejemplo”.
“El actor ha acreditado la efectividad de los hechos de maltrato, hostigamiento y acoso por parte de la directora denunciada, fundamentos de la demanda sobre vulneración de derechos durante la relación laboral que evidentemente afectaron la integridad psíquica, libertad de trabajo y derecho a la no discriminación. En cambio, las justificaciones presentadas por la demandada no logran desvirtuarlos”, añade.
Indemnización
Por todo lo anterior, es que el tribunal acogió la demanda y decretó: “(…) elevar la sanción impuesta en fallo de primera instancia, al empleador, al pago de once meses de remuneraciones $22.146.631 y se condena en costas a la demandada”, concluye la sentencia de remplazo dictada.