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Empresa forestal deberá pagar millonaria indemnización a familiares de trabajador fallecido

25 Diciembre 2018

Corte de Apelaciones acogió la demanda por concepto de daño moral.

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Un total de 60 millones de pesos deberá pagar la empresa Forestal Russfin Limitada a los familiares de Guido Berto Zúñiga Vega luego de que la Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogiera la demanda de indemnización de perjuicios por concepto de daño moral tras la muerte del trabajador registrada en mayo de 2017.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic y la abogada (i) María Angélica Fonseca— estableció la responsabilidad de la demandada en el accidente debido al incumplimiento de las obligaciones y deberes de protección y seguridad de los trabajadores, pese a que la víctima se expuso de forma imprudente al daño.

"Que los padecimientos y sufrimientos del trabajador en las circunstancias acreditadas, que implican el dolor propio de la lesión sufrida desde el momento mismo del accidente que derivó en su muerte y hasta el instante en que perdió el conocimiento, esto es, aproximadamente entre las 15:15 y las 16:30 horas del día 30 de mayo de 2017, según se pudo establecer, siendo considerados el mayor perjuicio posible que pudo resultar, se valorarán pecuniariamente en forma de resarcimiento parcial al irreparable daño causado y cuya acción para reclamarlo es heredable a los actores por tratarse de su cónyuge e hijos", sostiene el fallo.

La demanda fue interpuesta por el abogado Ramón Eduardo Ibáñez Álvarez en representación de María Cristina Zúñiga Mario, Guido Alexander Zúñiga Zúñiga, Mauricio Iván Zúñiga Zúñiga y Daniel Alexis Zúñiga Zúñiga, cada uno de los cuales recibirá 15 millones de pesos más los reajustes correspondientes “de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de esta sentencia y su pago efectivo, más los intereses corrientes para operaciones de crédito de dinero que se devenguen desde que la demandada se constituya en mora”.

Haz clic acá para revisar el fallo completo.

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