Chalecos reflectantes: Esto es lo que exigirá Carabineros bajo esta normativa

Chalecos reflectantes: Esto es lo que exigirá Carabineros bajo esta normativa

30 Diciembre 2015

De acuerdo a un nuevo decreto, los conductores en Chile deberán portar un chaleco reflectante en el vehículo desde el 1 de enero de 2016. Acá te contamos qué será lo que Carabineros exigirá a partir de este día.

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Según informó el comandante del departamento de Tránsito y Carreteras, José Luis Ojeda, a Emol, “Carabineros va a fiscalizar que los vehículos estén equipados con este elemento, pero el uso lo dejamos a decisión de los conductores u ocupantes de los vehículos que tengan que bajarse de éste en una vía para que sean advertidos por parte de los usuarios”. 

De esta forma, Carabineros indicó que el coronel Enrique Monrás fue sacado de contexto tras sus dichos en el diario El Mercurio, donde señaló que “Aunque el decreto no lo diga, hay que ir al espíritu de la norma, que señala claramente que hay que portar los elementos de seguridad”.

María Francisca Yáñez, ex secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito, calificó la fiscalización como una “pérdida de tiempo”, señalando que “se deben centrar en la velocidad y el alcohol”.

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En el mismo medio, el especialista internacional en seguridad vial Milton Bertín, señaló que “en la Comunidad Europea, por ejemplo, no se hace referencia al porte del chaleco reflectante, sino específicamente al uso, que es lo que importa”, destacó Bertín.

El decreto 164 indica que “el chaleco deberá encontrarse siempre en un lugar del vehículo que sea accsesible desde el interior del mismo” y no añade exigencias sobre las condiciones en que debe usarse. Las multas por no portarlo ascienden de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, hasta $23 mil.

La normativa regirá desde el 1 de enero de 2016 y ha disparado la venta de los chalecos de alta visibilidad.